Zonas de acampada

| Zona de Acampada | Espacio natural | Capacidad de personas | Observaciones |
| Campamento de Exploradores | P.R. Sierra Espuña | 50/60 | Solo para entidades con programa de actividades. Agua no potable |
| La Perdiz |
P.R. Sierra Espuña | 50/60 | Agua no potable |
| Las Alquerías | P.R. Sierra Espuña | 50/60 | Agua no potable |
| Fuente La Higuera | P.R. Sierra Pila | 50/60 | Agua no potable |
| Fuente de Los Almeces | Sierras del Noroeste | 10/15 | Agua no potable |
| Vivero Ricote | Sierra de Ricote | 25/30 | Agua no potable |
| Los Cuadros | Monte Los Cuadros | 100/150 | Agua no potable |
| Santa Ana | Monte de Santa Ana | 50/60 | Agua no potable |
¿Qué debo saber sobre las zonas de acampada?
- Son espacios delimitados y acondicionados para permitir la instalación de tiendas de campaña por breves periodos de tiempo, dotado con servicios de recogida de residuos.
- Para poder acampar es necesario tener autorización previa (nunca se podrá obtener en los propios Espacios Naturales). Véase el procedimiento oficial de Autorización de acampada en el Medio Natural
- Sin autorización, corresponde imponer una multa entre 200 y 3.000 €
- Es obligatorio abonar una tasa para poder acampar. Los menores de doce años están exentos del pago de la tasa.
- Las zonas de acampada están destinadas a particulares y asociaciones.
- El tiempo máximo de acampada será de TRES NOCHES. En caso de grupos o asociaciones que desarrollen actividades formativas y de educación ambiental, fomentando el respeto al medio ambiente y la defensa de la naturaleza, el máximo es de SIETE NOCHES.
- Las asociaciones que soliciten acampar de cuatro a siete noches, deberán presentar un Programa de Actividades a desarrollar durante su estancia.
- El interesado en acampar deberá comprobar previamente la disponibilidad dirigiendo un correo a infoespaciosprotegidos@carm.es
- La persona autorizada se compromete a cumplir con las condiciones generales de utilización de la zona de acampada y será responsable de los daños y perjuicios ocasionados durante la acampada.
- Las personas autorizadas a acampar deberán respetar y cumplir la regulación del acceso y estacionamiento de vehículos que establezca la Dirección General de Medio Natural en cada Espacio Natural y en cada período.
- La Dirección General de Medio Natural podrá disponer de las zonas de acampada por motivos de gestión interna, planificación o trabajos en los espacios naturales.
¿Cómo tramitar la solicitud?
- Acudiendo a las Oficinas Corporativas de Atención al Ciudadano, con función de registro, o a las entidades establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015.
- La Dirección General de Medio Natural pone a disposición de los interesados la posibilidad de adelantar la tramitación de la autorización, enviando por correo electrónico copia de la solicitud y de los documentos debidamente registrados previamente, a la dirección: infoespaciosprotegidos@carm.es, según los pasos siguientes:
- Una vez cumplimentada la solicitud y registrada junto con los documentos correspondientes, el interesado enviará una copia escaneada de todos ellos a la dirección antes indicada.
- Recibidos los documentos y comprobada la disponibilidad de plazas en la zona de acampada solicitada, se expedirá el modelo de autoliquidación de la tasa con el importe que deberá abonar y se le remitirá al interesado por correo electrónico.
- El interesado remitirá copia escaneada del justificante de pago de la tasa (Ejemplar para la Administración) a la dirección señalada, al menos cinco días antes de la fecha inicio de la acampada.
- Comprobado que el pago se ha efectuado correctamente, la Dirección General de Medio Natural AUTORIZARÁ la acampada y remitirá el documento al interesado.
Para más información:
Correo electrónico: infoespaciosprotegidos@carm.es
- Condiciones generales de utilización de las zonas de acampada (0.35MB)
- Guía de zonas de acampada (4.73MB)
- Encuesta usuarios (0.15MB)
- Tarjeta identificativa (0.14MB)
- ¿Cómo puedo solicitar acampar en Sierra Espuña? (1.00MB)
- Formulario de solicitud de acampada en el medio natural
- Procedimiento de Autorización de acampada en el Medio Natural en la Guía de Procedimientos y Servicios de la CARM
Artículos relacionados

30 de marzo de 2026