Resolución expediente sancionador caza 310/13

Habindose intentado la notificacin sin haberse podido practicar y de conformidad con los artculos 59.4 y 61 de la Ley 30/1.992, de 26 de noviembre, de Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y del Procedimiento Administrativo Comn, por el presente Edicto se pone en conocimiento de las personas o entidades que a continuacin se relacionan, que en estas Dependencias, Oficina Regional de Caza y Pesca Fluvial, C/ Catedrtico Eugenio beda Romero nm. 3, 30008 Murcia, se tramitan los siguientes expedientes en fase de resolucin.

Contra la Resolucin dictada cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, contado a partir del da siguiente a la fecha de su publicacin en el Boletn Oficial de la Regin de Murcia, ante el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura y Agua de esta Comunidad Autnoma de la Regin de Murcia, a tenor del art. 115 de la Ley 4/1.999 de modificacin de la Ley 30/1.992, de 26 de noviembre, de Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y del Procedimiento Administrativo Comn.

N.º Expediente / Nombre / Municipio / Precepto infringido e importe

Caza 310/13. Juan Pedro Romero Iniesta. Murcia. Art. 100.4, de la Ley 7/2003, de 12 de noviembre, de Caza y Pesca Fluvial de la Regin de Murcia. Sancin: 300 Euros. Disponiendo adems la prdida de la licencia de caza o la facultad de obtenerla durante un periodo de un ao.

Murcia, 6 de mayo de 2014.—La Directora General de Medio Ambiente, M. Encarnacin Molina Miano














 

Fecha

  • Fecha de inicio Inicio: 24/05/2014
  • Fin Fin: 24/06/2014

Tipo

  • Exposición Pública