LIC Medio terrestre
En la Resolución de 28 de julio de 2000 se publicó el acuerdo del Consejo de Gobierno sobre la designación de los Lugares de Importancia Comunitaria en la Región de Murcia. Se han aprobado 50 Lugares de Importancia Comunitaria (LIC), 47 Lugares de Importancia Comunitaria (LIC) en el Medio Terrestre, sobre la base del proyecto de lista confeccionado por la Comisión y cuya fecha de aprobación data del año 2006 por la Decisión de la Comisión, de 19 de julio de 2006, por la que se adopta, de conformidad con la Directiva 92/43/CEE del Consejo, la lista de lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica mediterránea, sin modificación alguna desde entonces. Estos LIC serán declarados zonas de especial protección (ZEC), de conformidad con el art. 4 del Real Decreto 1997/1995, de 7 de diciembre, por el que se establecen medidas para contribuir a garantizar la biodiversidad mediante la conservación de hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres.
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