El presente Anexo forma parte integrante del Convenio para la protección del medio ambiente marino del Atlántico del Nordeste (Convenio de Oslo-París, OSPAR), adoptado en París el 22 de septiembre de 1992 y ratificado por España el 25 de enero de 1994. Instrumento de ratificación publicado en el BOE nº 150, de 24 de junio de 1998. El Anexo fue adoptado en Sintra (Portugal) el 23 de julio de 1998, en reunión extraordinaria, junto a un Apéndice 3 sobre criterios de determinación de las actividades humanas a los fines de dicho Anexo. Objetivos Tendrá en cuenta los programas y medidas adoptados por las Partes para proteger y conservar los ecosistemas en aguas bajo su soberanía o jurisdicción. Estructura y Funcionamiento El presente Anexo se rige por lo dispuesto para el Convenio OSPAR, por lo que, según el citado Convenio, la Comisión OSPAR (compuesta por representantes de cada una de las Partes Contratantes) es la que se encarga de supervisar la aplicación del Convenio y sus Anexos, así como elaborar programas y medidas para la prevención y eliminación de la contaminación y para el control de las actividades que puedan afectar negativamente a la zona marítima. Por otro lado, también existe una Secretaría del Convenio, a través de la figura de Secretario Ejecutivo, nombrado por la Comisión y que desempeñará las funciones necesarias para la administración del Convenio y para el funcionamiento de la Comisión. |